Regulación 800
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS ARANCELES A LOS CUALES LOS RESPONSABLES OFICIALES DE PROTECCIÓN CIVIL, TENDRÁN QUE SUJETAR EL COBRO DE SUS HONORARIOS MÁXIMOS PARA LA ELABORACIÓN DE PROGRAMAS INTERNOS, PROGRAMAS ESPECIALES Y ESTUDIOS DE RIESGOS PARA ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, INDUSTRIAS Y DEMÁS INMUEBLES QUE SE SEÑALAN EN EL MISMO
Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil