Lineamientos de operación de la Acción social (AS), “Atención social inmediata a poblaciones prioritarias (ASIPP)”, para el ejercicio fiscal 2024

Secretaría de Bienestar e Igualdad Social de la Ciudad de México (SEBIEN)

Regulación

Detalles

  1. Secretaría de Bienestar e Igualdad Social de la Ciudad de México (SEBIEN)
  1. 1.Nombre de la Acción Social.
  2. 2.Tipo de Acción Social.
  3. 3.Entidad responsable.
  4. 4.Diagnóstico.
  5. 4.1. Antecedentes.
  6. 4.2. Problema o necesidad social que atiende la Acción Social.
  7. 4.3. Construcción del Diagnóstico.
  8. 4.4. Justificación y análisis de alternativas.
  9. 4.5. Participación Social.
  10. 4.6. Análisis de similitudes y coordinación con acciones o programas sociales.
  11. 5. Definición de poblaciones objetivo, beneficiarias y/o usuarias.
  12. 5.1. Definición y cuantificación de las personas o unidades territoriales que la Acción Social busca atender y los que serán atendidos o beneficiados.
  13. 5.2. Cuando la población beneficiaria de la Acción Social sea inferior a la población objetivo
  14. 5.3. Personas facilitadoras de servicios.
  15. 6. Objetivos generales y específicos.
  16. 7.Metas físicas.
  17. 7.1. Apoyo o servicios que otorgará la Acción Social.
  18. 7.2. Esta Acción Social, no contempla cursos o talleres de capacitación o formación
  19. 8.Presupuesto.
  20. 8.1. El presupuesto debe desagregarse en los diferentes rubros, conceptos o capítulos en los que se distribuya, de forma clara, precisa y transparente, refiriéndose también el costo de operación.
  21. 8.2. Monto unitario o monto del presupuesto para personas facilitadoras.
  22. 8.3. En el caso de las transferencias en especie.
  23. 9.Temporalidad.
  24. 9.1. Fecha de inicio.
  25. 9.2. Fecha de término.
  26. 10.Requisitos de acceso.
  27. 10.1. Requisitos de acceso a la Acción Social.
  28. 10.2. No podrán establecerse requisitos de acceso adicionales a los señalados en los lineamientos de Operación de la Acción Social, Atención Social Inmediata a Poblaciones Prioritarias (ASIPP)”, para el ejercicio fiscal 2024.
  29. 10.3. Personas facilitadoras de servicios sociales.
  30. 10.5. Esta Acción Social no presta servicios abiertos al público.
  31. 11. Criterios de selección de la población.
  32. 12. Operación de la acción.
  33. 12.1. La entrega de los beneficios asociados se realizará conforme a lo previsto por las autoridades en materia de salud, adoptando los mecanismos sanitarios, sana distancia y demás disposiciones durante la emergencia sanitaria por COVID-19.
  34. 12.2. La entrega de los beneficios asociados a Acciones Sociales no podrá realizarse en eventos públicos masivos
  35. 12.4. Todos los formatos y trámites a realizar son gratuitos.
  36. 12.5. Actividades y procedimientos internos de control que se realizarán para garantizar la entrega.
  37. 13.Difusión.
  38. 14.Listado de beneficiarios y personas facilitadoras de servicios y/o listado de identificación de personas usuarias
  39. 15.Criterios de exigibilidad, inconformidad y rendición de cuentas.
  40. T R A N S I T O R I O S
  1. Lineamientos
  2. Acción
  3. Social
  4. Inmediata
  5. Poblaciones
  6. Prioritarias

Fechas

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